
La exclusión de Moore Llens Brunner Ruiz del proceso electoral es definitiva. Tras agotar las instancias ante el Jurado Electoral Especial y el Jurado Nacional de Elecciones, y luego del rechazo de su medida cautelar, ha quedado sin condición legal de candidato.
De acuerdo con la normativa electoral vigente, la propaganda política está permitida únicamente para candidatos válidamente inscritos. En ese contexto, cualquier actividad proselitista que lo presente como postulante puede inducir a error al electorado sobre su situación real dentro del proceso.
Asimismo, las reglas electorales establecen que la propaganda no debe generar confusión ni atribuir una candidatura inexistente. De continuar en esa línea, la organización política que lo inscribió podría verse expuesta a observaciones o sanciones por el uso indebido de publicidad electoral.
En ese marco, y conforme a las disposiciones del sistema electoral, corresponde el cese de cualquier promoción que lo identifique como candidato, especialmente aquella que utilice número, símbolo o colores partidarios. Incluso, a nivel interno, la propia organización política puede requerirle que se abstenga de realizar este tipo de propaganda para evitar contingencias legales.